En el siguiente artículo os informamos sobre la expedición de certificados de residencia fiscal durante la vigencia del estado de alarma.
COVID-19. Expedición de certificados de residencia fiscal durante la vigencia del estado de alarma
Ante la imposibilidad de que durante el plazo de vigencia de dicho estado se puedan presentar en las Oficinas los formularios de residencia fiscal que contienen los distintos convenios internacionales, la AEAT únicamente podrá emitir determinados modelos de certificado de residencia fiscal: “Certificado de residencia fiscal en España” que se expedirá para acreditar, en general, la residencia en territorio español, y “Certificado de residencia en España. Convenio”, se emitirá para acreditar la condición de residente en España a los efectos de las disposiciones de un Convenio para evitar la doble imposición suscrito por España.