965 92 91 94  ·  info@rieraconsulting.es
Premio Despacho Más Innovador 2025 · Revista Emprendedores
Eurofuncionarios

Tu fiscalidad no es la de todos.

Personal de la Comisión, el Parlamento, el Consejo y las agencias de la Unión Europea. El Protocolo n.º 7 sobre privilegios e inmunidades fija un régimen propio (exención del sueldo oficial, reglas de residencia y tratamiento de las demás rentas) que un despacho generalista rara vez maneja. Nosotros llevamos en él desde 1978.

El reto

El Protocolo n.º 7 hay que saber aplicarlo.

La exención del sueldo oficial de la UE es solo el principio. El verdadero terreno de error está en lo que rodea a esa exención: cómo tributan tus demás rentas, cómo se determina tu residencia fiscal y qué obligaciones informativas mantienes pese a estar exento.

El fallo habitual no es dejar de pagar: es pagar de más durante años, o exponerte a una regularización evitable, por aplicar a tu caso las reglas generales del IRPF en lugar de tu estatuto.

  • Exención del sueldo UE extendida por error al resto de rentas.
  • Residencia fiscal determinada sin tener en cuenta el Protocolo n.º 7.
  • Alquileres, inversiones y actividades tributados sin analizar los incentivos.
  • Modelo 720 y obligaciones informativas gestionados sin criterio.
Calculadora

Ponle número a tu caso.

Con tres datos: tu comunidad, lo que ingresas en España además del sueldo y tu patrimonio. Estima tu IRPF y tu Patrimonio con la retribución comunitaria exenta y te dice qué modelos te toca presentar. Sale un informe en PDF que puedes descargar.

Abrir la calculadora

Qué resolvemos.

Protocolo n.º 7

Exención del sueldo UE

Aplicación correcta de la exención del sueldo oficial y delimitación de hasta dónde llega y dónde acaba.

Residencia

Residencia fiscal y estatuto

Determinación de tu residencia conjugando el Protocolo, los convenios y tu situación familiar y patrimonial.

Otras rentas

Alquileres e inversiones

Tributación de las rentas no exentas (inmuebles, valores, actividades) y aplicación de los convenios de doble imposición.

Mod. 720

Obligaciones informativas

Modelo 720 y demás declaraciones informativas sobre bienes en el extranjero, sin omisiones ni sobre-declaración.

Cómo trabajamos

Tres pasos. Un único responsable.

1
Diagnóstico de tu estatuto
Analizamos tu institución, tu estatuto y todas tus rentas. Sin plantillas.
2
Estrategia y cuantificación
Te decimos exactamente qué tributa, qué no y cuánto está en juego.
3
Ejecución y defensa
Presentamos, regularizamos y, si hace falta, defendemos frente a Hacienda.

Por qué somos únicos en esto.

Doctrina publicada

Libro en Aranzadi (2024) sobre la tributación de los funcionarios internacionales. No interpretamos la norma: la hemos escrito.

Denuncia ante Bruselas

Denuncia ante la Comisión Europea que ha derivado en un procedimiento de infracción contra España. Combatividad real, no folletos.

Rigor académico

Tesis doctoral Cum Laude (UA, 2023) y docencia universitaria. Conferencias en EUIPO y Fusion for Energy (F4E).

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

El sueldo oficial percibido de la Unión suele estar exento en virtud del Protocolo n.º 7, pero esa exención no alcanza automáticamente al resto de tus rentas ni te libera de todas las obligaciones formales. Lo analizamos caso a caso.
Es el marco que regula el régimen fiscal del personal de las instituciones de la UE (especialmente sus arts. 12 y 13). Establece exenciones y reglas de residencia propias que prevalecen sobre las normas generales del IRPF.
El sueldo oficial suele estar exento; tus demás rentas (inmuebles, valores, actividades) pueden tributar con normalidad. Es justo ahí donde se cometen los errores más caros.
La residencia no depende solo de los días de permanencia: cuenta el centro de tus intereses personales y económicos. El estatuto de eurofuncionario añade reglas específicas que hay que ponderar.
La obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero puede aplicarte aunque tu sueldo esté exento. Conviene analizarlo: las sanciones por hacerlo mal han sido históricamente elevadas.
En muchos casos sí, dentro de los plazos legales de rectificación. Revisamos tus últimas declaraciones para detectar ingresos indebidos y, si procede, solicitamos su devolución.
Somos abogados colegiados: además de planificar, defendemos. Asumimos recursos y procedimientos ante la Administración y los tribunales económico-administrativos.
Atendemos en español, inglés, francés y alemán, con gestión 100% remota: firma electrónica y portal de cliente. No necesitas estar en Alicante.

Antes de tu próxima declaración, hablemos.

Un abogado fiscalista revisa tu caso y te dice, con números, qué está en juego. Sin compromiso.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.