La residencia fiscal no se decide solo por los días que pasas en España. Hacienda valora también dónde está tu centro de intereses económicos y tu núcleo familiar. Determinarlo bien, y antes de un cambio de país, evita dobles imposiciones y conflictos que pueden durar años.
Muchos contribuyentes asumen que dejan de ser residentes en España por pasar fuera medio año, sin reparar en que el centro de intereses económicos o la presunción por cónyuge e hijos pueden anclarlos aquí. El resultado: una doble residencia que dispara la doble imposición.
Cuando dos países te consideran residente, el convenio para evitar la doble imposición fija las reglas de desempate que deciden tu residencia real. Aplicarlas mal, o no aplicarlas, es la diferencia entre una planificación limpia y un conflicto con Hacienda.
Analizamos permanencia, centro de intereses económicos y núcleo familiar para fijar dónde eres residente fiscal.
Aplicamos el convenio de doble imposición correspondiente y sus criterios de tie-breaker para resolver las dobles residencias.
Diseñamos el cambio de residencia anticipando el impuesto de salida del artículo 95 bis LIRPF y sus obligaciones.
Gestionamos certificados de residencia fiscal y defendemos tu situación frente a Hacienda si hay arraigo discutido.
Trabajamos a diario con convenios, reglas de desempate y movilidad de personas. No es un añadido: es nuestra especialidad.
Anticipamos el exit tax y los puntos de fricción del cambio de residencia, cuando todavía hay margen para decidir.
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