965 92 91 94  ·  info@rieraconsulting.es
Premio Despacho Más Innovador 2025 · Revista Emprendedores
Empresarios y PYMEs

Elegir la opción de pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades más conveniente

Es momento de recordar algo importante: si el volumen de operaciones de su empresa en 2023 no superó los seis millones de euros y su ejercicio coincide con el año natural, durante este mes de febrero puede cambiar la forma de cálculo de sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2024.

Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben realizar pago fraccionado, es decir, abonos a cuenta de la liquidación del impuesto correspondiente al periodo en curso al inicio de los meses de abril, octubre y diciembre. Este pago fraccionado es considerado deuda tributaria.

Si su empresa ha experimentado una disminución significativa en sus ingresos, es posible que le interese reducir el monto de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades este año.

Para aquellos que calculan sus pagos a cuenta según el sistema de cuotas, recomendamos verificar si les conviene cambiar al sistema de bases. Cambiar al sistema de bases puede ser una decisión estratégica

Específicamente, si su volumen de operaciones en 2023 no superó los seis millones de euros y su ejercicio coincide con el año natural, durante este mes de febrero puede cambiar la forma de calcular sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2024:

  1. Sistema de Cuotas: El primer pago fraccionado, que presentarán el próximo mes de abril, será un 18% de la cuota a ingresar del Impuesto sobre Sociedades del año 2022 (la última declaración presentada hasta esa fecha). Los pagos posteriores (octubre y diciembre) serán del 18% de la cuota a ingresar en el Impuesto sobre Sociedades de 2023, ya que habrán presentado la declaración correspondiente.
  2. Sistema de Bases: Si aplican este sistema, los pagos fraccionados durante el año deberán ser el 17% de la base imponible acumulada desde el inicio del ejercicio hasta el día anterior al inicio de cada uno de los períodos de ingreso de dichos pagos (descontando retenciones y pagos fraccionados ya realizados). Como novedad, si la cifra de negocios fue inferior a un millón de euros en 2022, el porcentaje será del 16% a partir de 2023.

Insistimos, esta novedad del 16% es aplicable a empresas que facturan menos de un millón de euros y tributan en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo del 23%.

Cambiar al sistema de bases puede ser una decisión estratégica si anticipas que en 2024 tus resultados serán inferiores a años anteriores, como por ejemplo, si realizaste alguna venta extraordinaria en 2022 o 2023 que no se repetirá en 2024, o si prevés una disminución en las ventas o mayores gastos.

Si tiene interés en realizar este cambio o tiene alguna duda al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

En Riera Consulting quedamos a se disposición para resolver cualquier cuestión fiscal. Contacte con nosotros y estudiaremos su caso.

CONTACTO

Compartir

Sigue leyendo

Holding familiar en España: ventajas fiscales y cuándo NO compensa crearlo
Empresarios y PYMEs

Holding familiar en España: ventajas fiscales y cuándo NO compensa crearlo

Ventajas fiscales reales de un holding familiar en España (art. 21 LIS, Patrimonio y Sucesiones), sus costes y…

7 Oct 2026Leer artículo
Abrir una carta de Hacienda sin entrar en pánico: guía para las primeras 48 horas
Abogacía Tributaria

Abrir una carta de Hacienda sin entrar en pánico: guía para las primeras 48 horas

Qué hacer al recibir una carta de Hacienda: tipos de notificación, plazos, sanciones por no responder, cómo recurrir…

7 Oct 2026Leer artículo
Sucesión de empresa familiar en España: donación o herencia y sus efectos fiscales
Empresarios y PYMEs

Sucesión de empresa familiar en España: donación o herencia y sus efectos fiscales

Donación o herencia de la empresa familiar: requisitos de la reducción del 95% en el ISD, efectos en…

7 Oct 2026Leer artículo
La deducción de la retribución de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades
Empresarios y PYMEs

La deducción de la retribución de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades

La deducción en el Impuesto sobre Sociedades de las cantidades abonadas en concepto retribución de los administradores, sigue…

14 Nov 2023Leer artículo
Boletín

Suscríbete a Actualidad fiscal.

Las novedades fiscales que de verdad pueden afectarte, en tu correo. Sin spam.

Boletín

¿Tu caso necesita un especialista?

Cuéntanos tu situación y te responde el abogado que llevaría tu caso. La primera consulta es sin compromiso.

Solicitar primera consulta
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.