[vc_row][vc_column][vc_column_text]Como ya le hemos informado, el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, con efectos desde el 13 de mayo de 2020, prorroga los ERTEs por fuerza mayor hasta el 30 de junio de 2020 para aquellas empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor.[/vc_column_text][vc_column_text][/vc_column_text][vc_column_text]
COVID-19. Limitaciones a la prórroga de los ERTES: reparto de dividendos y domicilio en paraísos fiscales

Con relación con la prórroga de los ERTE por fuerza mayor el RDL 18/2020, introduce dos cláusulas limitativas relativas al reparto de dividendos y la transparencia fiscal, que pueden hacer perder la exención en cuotas de Seguridad Social. No obstante, se establece en la norma una excepción con relación a la excepción de repartir dividendos, al señalar que la limitación no es aplicable para aquellas entidades que tuvieran menos de 50 trabajadores o asimilados a los mismos, en situación de alta en la Seguridad Social a fecha de 29 de febrero de 2020.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]
