Hacer testamento es un procedimiento sencillo y económico que permite decidir sobre el destino de los bienes, y saber que se cumplirá cuando la persona ya no esté. Es la mejor manera de ordenar los deseos, ya que se hace constar de forma legal la voluntad, facilitando la transmisión de los bienes y evitando problemas a familiares y allegados.
A continuación, se citan algunas de las razones más importantes para llevar realizar el testamento:
1.- Hacer testamento NO es complicado
Hay varias formas de hacer un testamento, pero lo más sencillo es acudir a una Notaría. No hace falta llevar más documentos que el de identificación (DNI, pasaporte, etc.) y, en función de la mayor o menor complejidad de las disposiciones que quieras incluir, el trámite puede ser muy rápido y salir con la copia del testamento en la mano.
2.- Hacer testamento NO es caro
Es una de las operaciones notariales más baratas.
Un testamento estándar puede rondar los 60-70 euros.
3.- Hacer testamento NO implica perder la disposición de los propios bienes
La efectividad del testamento se produce a partir del fallecimiento del testador, no antes.
Por tanto, se puede disponer libremente de los bienes durante toda la vida, sin ninguna limitación derivada de haber otorgado testamento.
4.- El testamento NO es inamovible
Se pueden hacer tantos testamentos como se quiera, pero sólo será válido el último. El hecho de otorgar un testamento hace que todos los anteriores que se hayan hecho queden automáticamente anulados y sin efecto alguno, sin necesidad de hacer una revocación expresa cada vez.
Una vez producido el fallecimiento, se tendrá que solicitar un certificado en el que constará si el fallecido otorgó testamento y, en su caso, en que Notaría se otorgó el último (que será el único válido).
5.- El testamento es SECRETO
Otorgar testamento es un acto personalísimo y nadie más que el testador y el Notario saben el contenido del mismo.
6.- Hacer testamento permite DISPONER sobre el destino de bienes y derechos determinados
A través del testamento se pueden hacer legados de cosa específica, mejorar la legítima, hacer lotes, desheredar, etc.
7.- Mediante el testamento se puede dejar al cónyuge el USUFRUCTO VITALICIO de nuestros bienes
Si hay hijos, el heredero legal no es nuestro cónyuge, sino nuestros hijos. El cónyuge solo tendrá derecho, aparte de sus derechos por bienes gananciales (si es que el matrimonio estaba sometido a dicho régimen), a una parte de la herencia en usufructo.
8.- Hacer testamento AHORRA dinero y papeleo a los descendientes
De no haber testamento por medio, para la adjudicación de los bienes se tiene que hacer una declaración de herederos “ab intestato”.
Si los descendientes lo son por vía directa (hijos, nietos, etc.) se puede hacer mediante una escritura notarial. Pero, en otro caso, se tiene que acudir a un procedimiento judicial especial. Tiempo y gastos.
9.- En el testamento se pueden incorporar declaraciones y disposiciones NO meramente patrimoniales
No sólo se habla de dinero y propiedades en un testamento, sino que dicho documento puede acoger otro tipo de manifestaciones o declaraciones, como por ejemplo: Reconocimiento de hij@s, Nombramiento de un tutor, etc.