En 2023, cualquier persona que realice una actividad económica podrá acceder al régimen de impatriado

Desde 1 de enero de 2023, podrán acceder al régimen de impatriados no solo los trabajadores por cuenta ajena y los administradores, ahora con menos limitaciones, sino también las personas que realicen una actividad económica. El régimen se extiende también a familiares del contribuyente. Además, se reduce el número de períodos previos en los que el contribuyente no debió ser residente en España y se deja claro que las retribuciones en especie podrán estar exentas conforme a las reglas del IRPF, cuestión controvertida en este último año, con cambio de criterio de la DGT incluido V0813-23 de 5 de abril de 2023.

[..]

Seguir leyendo